Se difunde ingresos y estímulos para ejercicio fiscal 2020
Por: Jazmin Mtz
Esta mañana se dio a conocer el ejercicio fiscal 2020 el Estado de Zacatecas. Dicho percibirá los ingresos provenientes de impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos, aprovechamientos, participaciones, fondos de aportaciones federales, convenios, ingresos derivados de financiamientos e incentivos.
Se contó con la presencia del Gobernador del estado Alejandro Tello y el Secretario de Finanzas Jorge Miranda, quienes dieron a conocer los por mayores del ejercicio.
Los ingresos establecidos en esta Ley se percibirán, causarán determinarán, liquidarán y recaudarán de acuerdo con la Ley de Hacienda del Estado de Zacatecas, el Código Fiscal del Estado de Zacatecas y sus Municipios, Ley de Coordinación Fiscal, y demás disposiciones fiscales estatales o federales aplicables.
Se notificó que la Secretaría de Finanzas será la única dependencia competente para recaudar los ingresos que corresponden al Estado. En el caso de que alguna de las Dependencias y Organismos Públicos Descentralizados de la Administración Pública llegaren a percibir ingresos por alguno de los conceptos que establece esta Ley, deberán concentrarlos en la Secretaría de Finanzas a más tardar el día hábil siguiente al de su recepción y deberán reflejarse, cualquiera que sea su naturaleza, tanto en los registros de la propia Secretaría como en la cuenta pública del Estado.
La Secretaría de Finanzas podrá recibir de los contribuyentes el pago anticipado de las prestaciones fiscales correspondientes a ejercicios fiscales posteriores a 2020, cuando se encuentren en el supuesto establecido en el artículo 158 del Código Fiscal del Estado de Zacatecas y sus Municipios.
Todo ello con el propósito de fomentar y estimular el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes en apoyo para la regularización de su situación fiscal, queda autorizado el Secretario de Finanzas para condonar la actualización, recargos, multas fiscales y no fiscales, así como gastos de ejecución ordinarios en el pago de contribuciones estatales en los porcentajes, plazos y condiciones que se considere conveniente, así como hasta en un cincuenta por ciento (50%) de las contribuciones adeudadas del ejercicio 2019 y anteriores.