Propone Geovanna Bañuelos protección de derechos laborales cuando las contingencias se extiendan más de 30 días
Con el fin de proteger las fuentes de empleo y el ingreso de los trabajadores en un escenario de emergencia o contingencia sanitaria como la que se atraviesa actualmente el país, la coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, Geovanna Bañuelos de la Torre, buscará reformar la Ley Federal del Trabajo.
Mediante una iniciativa que fue inscrita en la Gaceta Parlamentaria para su presentación, una vez que pase la contingencia sanitaria declarada por el Covid-19 en México, Geovanna Bañuelos pretenden incluir una Fracción V al artículo 429, para proteger los derechos laborales cuando la contingencia se extienda por periodos prolongados.
La Ley Federal del Trabajo establece diversas disposiciones para definir la relación obrero patronal en el caso de declararse la suspensión de labores por emergencia sanitaria.
Sin embargo, sólo obliga al empleador a pagar a sus trabajadores una indemnización equivalente a un día de salario mínimo general vigente, por cada día que dure la suspensión, sin que pueda exceder de un mes.
“Esto significa que los trabajadores deberán recibir una indemnización equivalente a un salario mínimo general vigente por cada día que dure la suspensión, pero + sólo será por 30 días. Lo cual los coloca a la clase trabajadora en un estado de indefensión ante una contingencia sanitaria que se prolongue por un periodo mayor”, destaca Geovanna Bañuelos.
Por ello, la propuesta de la Fracción Parlamentaria del PT busca garantizar el pago íntegro del salario a los trabajadores durante el primer mes de contingencia y establecer que en el caso de la suspensión de labores decretada por la autoridad sanitaria por un plazo mayor a un mes, se podrán celebrar acuerdo tripartitos entre el patrón, trabajadores y el Estado con el objetivo de mantener un ingreso y la relación laboral.
“Dicho acuerdo buscará preservar el pago íntegro del salario de los trabajadores, o bien, el monto se fijará entre las partes de común acuerdo, con la condición de que este se prolongue por el tiempo que dure la contingencia o emergencia sanitaria”, detallan en la iniciativa.
Asimismo, se plantea acceder a beneficios fiscales que compensen las erogaciones derivadas del acuerdo. Los beneficios fiscales y las condiciones para la aplicación de estos, quedarán plasmados en el documento firmado.
Se establece además que para la celebración de los acuerdos tripartitos concurrirán el patrón, los trabajadores o sus representantes sindicales y un representante de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para verificar la legalidad.
Además, se fija un plazo máximo de 20 días, a partir de la declaratoria de emergencia, para que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público publique los beneficios fiscales, y las condiciones para su aplicación. Aunado a lo anterior, dicha iniciativa, contempla beneficios especiales a las micro, pequeñas, medianas y grandes empresas.