Aprueban diputados uso lúdico legal de la marihuana
Las comisiones de Justicia y Salud de la Cámara de Diputados avalaron la expedición de la Ley Federal para la Regulación del Cannabis y modificaciones a la Ley General de Salud y al Código Penal Federal. Según la nueva legislación, cualquier adulto podrá poseer libremente hasta 28 gramos para consumo personal, aunque quedará prohibido consumir en áreas de trabajo o instalaciones escolares.
Los diputados ajustaron la minuta recibida del Senado, que privilegiaba la producción para autoconsumo, y la ampliaron a la expedición de licencias para comercialización con fines lúdicos, industriales y de investigación. Los cambios serán analizados en el pleno esta semana.
Con 34 votos a favor, 11 en contra y 12 abstenciones, las comisiones unidas de Justicia y de Salud de la Cámara de Diputados aprobaron el proyecto de Ley Federal para la Regulación del Cannabis con el fin de legalizar el uso lúdico de la mariguana.
Entre los cambios que destacan de lo que avaló el Senado está la eliminación del Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis, que estaba contemplado para prevenir, regular y atender denuncias sobre el consumo dejando sus tareas a la Comisión Nacional Contra las Adicciones (Conadic).
Entre las facultades del Conadic estaría autorizar y revocar licencias de producción, distribución, comercialización y venta de la mariguana, además de limitar o prohibir la adquisición, posesión y consumo de cannabis psicoactivo a personas mayores de 18 años y menores de 25 como medida de protección a su salud.
Otra modificación es en el artículo 29 de la legislación donde se propone la creación de una “licencia integral” con la que el poseedor podría realizar desde el cultivo, la producción, la comercialización y venta al usuario final. En el Senado se argumentó que esas licencias eran monopólicas y ponían en desventaja a los productores de comunidades indígenas.
Esta legislación considera la posibilidad de organizar asociaciones de cannabis para cultivar y poseer hasta cuatro plantas por socio, sin exceder de 50 en total, para consumo con fines lúdicos.
Además prohíbe expresamente el consumo de cannabis y sus derivados por personas menores de 18 años, así como en áreas de trabajo o instalaciones escolares públicas o privadas, cualquiera que sea el nivel educativo.
Impide también la venta de cannabis o sus derivados por medio de máquinas de autoservicio, correo, teléfono, internet o cualquier otro medio de venta no personalizado.
El dictamen reconoce el derecho de las personas mayores de 18 años a consumir cannabis psicoactivo con fines recreativos, siempre y cuando el consumo se realice sin afectar a terceros, especialmente a menores de edad.