GUANAJUATO APRUEBA LEY DE PROTECCIÓN DE LAS ABEJAS
El Congreso de Guanajuato aprobó de forma unánime la iniciativa para crear la Ley para la Protección de las Abejas y el Desarrollo Apícola, que entre otras acciones prevé multas de hasta ocho mil pesos a quien las mate o cause daño en el estado.
“LAS ABEJAS SON RESPONSABLES DE LA POLINIZACIÓN DE MÁS DE 85% DE LOS ALIMENTOS QUE SE PRODUCEN A ESCALA MUNDIAL”, EXPRESÓ EL DIPUTADO PAULO BAÑUELOS.
Lamentablemente, sus poblaciones se están reduciendo en todo el mundo de manera alarmante: entre 50% y 80 %, informó un comunicado de la Dirección General de Comunicación Social de la UNAM.
Más allá de la elaboración de miel, su labor más destacable es la polinización. Las abejas, que forman un grupo de insectos antófilos (que aman las flores), son algunas de las principales especies polinizadoras, y su proceso es vital para la mayoría de los alimentos que consumimos los humanos.
Bañuelos Rosales refirió que, con esta Ley, se busca revertir esta tendencia, de manera que las abejas no solo sobrevivan, sino que sean la oportunidad para que miles de guanajuatenses alcancen una vida mejor.
Aunque existen leyes que protegen la actividad apícola, hasta la fecha existe una normativa general en el país que las proteja. Sin embargo, Jalisco es la única entidad que aprobó y publicó una ley: Fomento Apícola y Protección de Agentes Polinizadores.
Las abejas son fundamentales para el m.ambiente, ya que son decisivas para la producción de oxígeno y alimentos. Hay una industria donde mujeres, hombres y abejas producen miel, propóleo, polen y cera. Buscando su protección, aprobamos la Ley de las Abejas y Desarrollo Apícola.
Sanciones de Ley de Protección de las Abejas
Finalmente, se impondrá multa de diez a cien veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (que hoy se mantiene en $84.49 pesos), a quienes:
- No cumplan con lo dispuesto en el artículo 16, fracciones V, VI, VII y IX de esta ley.
- Instalen sus apiarios sin observar las distancias previstas en el artículo 18 de esta ley.
- Utilicen productos agroquímicos o pesticidas en contravención con lo dispuesto en el artículo 40 de esta ley.
- No cumplan con las medidas de seguridad que dicten las autoridades competentes para la protección de las personas y animales.
- Utilicen productos químicos no autorizados por la SADER.
- Destruyan enjambres o colmenas total o parcialmente.
- Usen productos químicos con la finalidad de dañar los enjambres o colmenas.