Publican reglamento para uso de cubrebocas

El pasado sábado 28 de noviembre se publicó en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas, el Reglamento para el Uso de Cubrebocas con el fin de prevenir y mitigar los efectos del Covid-19 en la entidad, con lo que de inmediato la regla entra en vigor mediante su vigencia y aplicación.

En su artículo 4 dicho reglamento señala como obligatorio el uso de cubrebocas para toda persona mayor de 13 años y los menores de dos a 12 años bajo supervisión de adultos, asimismo, el artículo 5 refiere que quedan excluidos del uso obligatorio menores de dos años, cualquier persona con problemas para respirar y aquéllas que requieran ayuda para colocarlo y retirarlo.

En cuanto a la sanciones a las personas que incumplan con estas medidas sanitarias, los artículos del 19 al 22 establecen los criterios para hacerse acreedor a amonestación con apercibimiento, multa, trabajo en favor de la comunidad, arresto hasta por doce horas, calidad de reincidente del infractor y grado de intencionalidad o negligencia.

Asimismo, la multa consiste en el pago de una cantidad que se impone al infractor en beneficio del estado, y se hará efectiva mediante el procedimiento económico coactivo que corresponda: Se aplicará multa de 1 hasta 10 veces la Unidad de Medida y Actualización diaria (UMAS); en caso de reincidencia, se podrá duplicar el monto de la multa que corresponda.

Cabe señalar que corresponde a la Secretaría de Salud de Zacatecas (SZ), en coordinación con las autoridades municipales, corporaciones de seguridad pública en el estado, y lo que derive de su reglamento, la vigilancia sanitaria e imposición de sanciones y medidas cautelares que deriven de esta ley.

La población puede consultar dicha Ley en el sitio: http://periodico.zacatecas.gob.mx/

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