SSa debe revelar número de muertes relacionadas con COVID-19 entre enero y septiembre de 2020, ordenó el INAI
Por Infobae
La transparencia de estas cifras podría ofrecer una oportunidad para evaluar la gestión de la pandemia y, de ser necesario, el cambio de las estrategias sanitarias, advirtió el Instituto
La Secretaría de Salud (SSa) del gobierno de Andrés Manuel López Obrador deberá dar a conocer el número de defunciones registradas en los primeros nueves meses de 2020 relacionadas con la emergencia sanitaria provocada por la pandemia de COVID-19, resolvió este jueves el INAI (Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales).
Las defunciones que dé a conocer la dependencia del gobierno federal mexicano serán las registradas entre el 1 de enero y el 10 de septiembre de 2020 en el Subsistema Epidemiológico y Estadístico de Defunciones (SEED), así como información relacionada con dichas defunciones, protegiendo algunos datos personales, ordenó el INAI.
“El flujo transparente de datos relacionados con las defunciones registradas en este contexto de emergencia constituye una oportunidad para evaluar la gestión de la pandemia”, expresó la comisionada Blanca Lilia Ibarra, quien fue la ponente del caso.
Además, añadió la comisionada Ibarra, “permitiría transformar, de ser necesario, las estrategias de salud a efecto de preservar el derecho a la vida y el acceso a la salud”. “La apertura de los datos coadyuvará a renovar la confianza de las personas en las instituciones del Estado y dotará de legitimidad y credibilidad al despliegue de políticas que contrarresten los impactos sanitarios de esta crisis inédita”, destacó.
La SSa clasificó como confidencial la base de datos del SEED a pesar del pedido de un solicitante. La dependencia argumentó que contiene datos personales sensibles obtenidos de los certificados de defunción y muerte fetal, por lo que darlos a conocer, vulneraría la esfera íntima de las personas.
Además, la secretaría que encabeza el doctor Jorge Alcocer indicó que la información capturada en el subsistema no es definitiva, pues corresponde al Inegi (Instituto Nacional de Estadística y Geografía) concentrar, generar y publicar datos oficiales de mortalidad en el país, de manera anual.
Apenas la semana pasada, el Inegi dio a conocer que entre enero y agosto del 2020 se registró una cifra preliminar de 108,658 defunciones por COVID-19, lo que colocó a la enfermedad como la segunda causa de muerte en el país.
Ante la negativa de la Secretaría de Salud, el solicitante presentó un recurso de revisión ante el INAI. La dependencia reiteró su argumento de que la información es reservada, ya que está en proceso de integración por parte de las instituciones del Sistema Nacional de Salud y, por tanto, difundirla de forma preliminar implicaría proporcionar datos incompletos, parciales y no validados.
Sin embargo, en el análisis del caso, la ponencia de la comisionada Ibarra el INAI determinó que la reserva de los datos no es aplicable, ya que no contiene opiniones, recomendaciones o puntos de vista que formen parte del proceso deliberativo de los servidores públicos.
Se advirtió que la integración de los datos en el subsistema no concluye con la toma de una decisión o postura institucional, ni implica una negociación en la que esté involucrada el Inegi, pues solo se trata de un proceso de validación de la información capturada.
En cuanto a la confidencialidad de la información, se llevó a cabo un análisis pormenorizado de los datos contenidos en el subsistema y se concluyó que la base de datos se puede entregar en versión pública. Para ello, se deben proteger todos los datos que hagan identificables a personas físicas.
Esto quiere decir que no deberán aparecer de forma pública el nombre, Clave Única de Registro de Población (CURP), domicilios de residencia y de defunción, folio de certificado de nacimiento y folio del sistema, fecha y lugar de nacimiento, número de afiliación, características de las personas fallecidas y de las causas de su muerte, entre otra información relacionada con el personal médico y los establecimientos de salud.
Por lo expuesto, el Pleno del INAI revocó la respuesta de la Secretaría de Salud, a fin de que proporcione al particular la cifra de defunciones registradas, entre el 1 de enero al 10 de septiembre de 2020, e información contenida en el SEED, protegiendo solo los datos antes señalados.
El INAI ya había resuelto la semana pasada que la Sedena (Secretaría de la Defensa Nacional) debe informar sobre los pagos y gastos a hospitales privados por servicios relacionados con la emergencia sanitaria derivada de la pandemia de COVID-19.